Trámites

Adhesión a Sempre - Suplentes Comunes

Por Decreto 1018/11 se ha ampliado los beneficios de acceso a la Obra Social posibilitando que los docentes designados como "Suplentes Comunes" según lo establecido en el artículo 17 de la Ley N° 1124 y sus modificatorias, puedan optar por acceder al SEMPRE desde que ingresan al cargo u horas cátedra y mientras dure la relación laboral, a partir del 01 de julio de 2011 y con el siguiente alcance:

"no estén a ese momento cumpliendo otro cargo para el que se le efectúan los aportes y contribuciones de obra social;

"con la designación se continúa ininterrumpidamente el ejercicio de funciones incluso en otro cargo, cuando en el anterior se le efectuaban los aportes y contribuciones a la Obra Social, en un todo de acuerdo a la Resolución General N° 260/02 del Instituto de Seguridad Social."

Especificaciones

Normativa relacionada

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