Presentación
Ley Nº 2.083, declarando de interés público provincial la conservación del patrimonio cultural. Declara de interés público las acciones destinadas a valorar, recuperar, preservar, proteger y conservar, promover y difundir el patrimonio cultural de la provincia de La Pampa.
Marco Legal
Autoridad de Aplicación
Se designa Autoridad de Aplicación de la Ley Nº 2.083 (Artículo 8) y de las normas que en su consecuencia se dicten, al Ministerio de Cultura y Educación de la Provincia de La Pampa a través de la Subsecretaría de Cultura.
Comisión Provincial de Patrimonio Cultural
La CPPC está integrada por Un (1) representante titular y Un (1) suplente, de cada una de las entidades públicas y privadas con ingerencia sobre el patrimonio cultural. Se reúne una vez al mes para asesorar a la Autoridad de Aplicación, recepcionando los pedidos de declaratoria y estableciendo el orden de apertura de los expedientes correspondientes. Ley Nº 2.083, Artículo 9; Decreto Reglamentario Nº 1.934, Artículo 5.
Registro Provincial de Patrimonio Cultural
Se crea el RPPC a los efectos de contar con información sobre el Patrimonio Cultural Pampeano. Es una tarea a largo plazo que recién comienza y será actualizada permanentemente, ya que dicho registro brindará información de los bienes, indispensable a la hora de formular políticas, planes, investigaciones, medidas de protección y proyectos de conservación sobre los mismos. Ley Nº 2.083, Artículo 11; Decreto Reglamentario Nº 1.934, Artículo 5.
Arqueologia
Constituyen el Patrimonio Arqueológico las cosas muebles e inmuebles o vestigios de cualquier naturaleza que se encuentren en la superficie, subsuelo o sumergidos en aguas jurisdiccionales, que puedan proporcionar información sobre los grupos socioculturales que habitaron el país desde épocas precolombinas hasta épocas históricas recientes
Paleontologia
Forman parte del Patrimonio Paleontológico los organismos o parte de organismos o indicios de la actividad vital de organismos que vivieron en el pasado geológico y toda concentración natural de fósiles en un cuerpo de roca o sedimentos expuestos en la superficie o situados en loopback - el subsuelo o bajo las aguas jurisdiccionales.