Si bien esta etapa está aún en vías de realización, se ha buscado optimizar la función de la INSPECCIÓN DE BANDA, que es en parte una oficina de personal y que tiene a su cargo, también, la parte de relaciones inter institucionales, prensa, difusión, etc.
Desde fines del año 2.002 esta tarea está a cargo de la Encargada de personal de la Subsecretaría de Cultura, y cuenta con dos auxiliares administrativos procedentes del Plan Trabajar.
Desde el año 1.997 la Banda Sinfónica de La Pampa cuenta, por primera vez en sus casi cien años de historia, y en virtud del Decreto 546 del 28 de abril de 1.997, con una Estructura de Cargos, de acuerdo con lo previsto por el Artículo 285 de la Ley Provincial Nº 643.
Esta Estructura aporta novedades en cuanto al funcionamiento interno del Organismo:
- Establece un Orgánico compuesto por 52 músicos, 3 Archivistas, 2 copistas musicales, 2 administrativos, 2 cargadores/armadores de sala, una persona para mantenimiento, un Director/Orquestador y un Maestro Preparador/Orquestador.
- Crea un nuevo escalafón, equiparado a la Ley Provincial Nº 643, pero que prevé despegarse de la misma, de acuerdo con lo dispuesto por el citado Aº 285 de dicha Ley.
- Los cargos dejan de pertenecer a las personas que los ocupan; sólo pueden ser detentados por quien encaje en su definición.
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No se entra más al Organismo por la última categoría del Escalafón Administrativo, sino por la categoría del cargo que se ocupa. Al respecto, está en estudio la Reglamentación del resto del Aº Nº 285 de la Ley Nº 643, en lo referente a Ingreso, Régimen Laboral, Licencias, Reemplazos, etc., tal cual ahí se establece. Mediante este Decreto, se recategorizó a la totalidad del personal que a la fecha prestaba servicios en la Banda Sinfónica.